sábado, 17 de julio de 2010

Planificación Sucesoria.“Las motivaciones que nos impulsan: justicia, seguridad, trascendencia”

“… ¿Por qué razones alguien como usted se decidiría a planificar su sucesión?...”



“…Cuando usted pasa por una tienda y se prueba un traje de confección, a veces sucede que responde exactamente a su medida; en otras ocasiones, hará falta hacerle algunos retoques. O tal vez ese traje, decididamente, no sea para usted.

Con la legislación sucesoria puede pasarle lo mismo. Es posible que al informarse, sienta que no tiene nada que modificar, pues la ley responde exactamente a su realidad. Pero podría suceder que, al aplicar la ley en forma estricta, usted descubriera alguna contradicción con lo que indica su sentido personal de la justicia.

En este caso, la planificación sucesoria le servirá para tratar de equilibrar la balanza, con la idea de que cada uno reciba lo que usted entiende que merece y le corresponde.

Otro caso es el de quien quiere proteger y dar seguridad a los seres queridos. Quien cumple una función de asistencia personal o alimentaria hacia terceros no puede ignorar las consecuencias que acarrearía su desaparición física.

La necesidad de proteger se convierte, entonces, en una fuerte motivación para planificar del mejor modo. No para morir mañana, sino para vivir en paz…”

“…El deseo de trascendencia es otra motivación para planificar…”

Fuente: “Las motivaciones que nos impulsan a planificar: justicia, seguridad, transcendencia”. Dr Leonardo Giklin en “Planificar la Herencia”.


REFLEXIÓN FINAL

De acuerdo al artículo citado, vemos la importancia de planificar la transferencia de activos para después del fallecimiento, de acuerdo a nuestros intereses y necesidades de los beneficiarios.

No debemos perder de vista que lo único cierto es que en algún momento nos vamos a morir y las pertenencias que hayamos acumulado, sea cual fuere su valor material o afectivo, se transmitirán a otros. Sabemos que esto va a ocurrir, no sabemos cuándo y, por eso, es esencial comenzar cuanto antes una planificación “hecha a medida” con instrumentos adecuados.

Debemos tener presente que muchas veces la ley sucesoria no se “ajusta” a las necesidades del titular de los bienes y, además, conocemos que existen situaciones que necesitan de especial protección y planificación previa (ejemplo: hijos incapaces, menores de edad).

Por todo lo expuesto, debemos implementar una herramienta adecuada para lograr que la distribución de activos se haga de manera justa, esto es, “equilibrar la balanza” con la idea de que cada uno reciba lo que usted considere que corresponde, de acuerdo con los intereses de los titulares de los bienes y los objetivos deseados.

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