miércoles, 4 de abril de 2012

20 claves para entender la fijación de precios de la Sundecop


1- El 1° de abril entraron en vigencia 614 precios fijados por la Superintendencia Nacional de Costos y Precios (Sundecop), para un total de 202 productos de consumo masivo. La regulación se hizo en el marco de la Ley de Costos y Precios Justos, que ocho meses antes fue promulgada vía Ley Habilitante por el Presidente, Hugo Chávez, el 18 de julio de 2011. 


2- Los productos regulados corresponden a 19 rubros de consumo masivo, cuyos precios fueron congelados por el Ejecutivo el 22 de noviembre de 2011, cuando la normativa tuvo vigencia plena. Estos son jugos de frutas pasteurizados, compotas, agua mineral, lavaplatos en crema, detergentes, cloro, cera para pisos, toallas sanitarias, papel higiénico, máquinas de afeitar desechables, lavaplatos líquido o gel, desodorantes líquidos, pañales para bebé, enjuagues para el cabello, jabón de baño en barra y líquido, champú para el cabello, crema dental, suavizantes y enjuagues para la ropa, desodorante en barra, desinfectantes y jabón en panela para lavar. 

3- Durante los cuatro meses que estos productos tuvieron congelados sus precios, 16.000 empresas presentaron sus estructuras de costos, para la determinación de los llamados “precios justos” por la Sundecop.

4- El 27 de febrero, el Vicepresidente, Elías Jaua, anunció por primera vez que habría una reducción de entre 4% y 25% para estos productos a partir de abril, según los cálculos oficiales. En su cuenta de Twitter, el ministro de Comunicación e Información, Andrés Izarra, publicó un documento de la Vicepresidencia de la República con los resultados de la primera fase de análisis de los 19 rubros regulados, con los Pmvp de 204 presentaciones.

5- Desde el 22 de noviembre, la Sundecop publicó tres Providencias Administrativas. En la Gaceta Oficial 39.871, que circuló el 28 de febrero, se oficializó la rebaja para 204 presentaciones desde el 1° de abril. La Providencia 053 incluyó los precios máximos de venta al productor e importador, mayorista y minorista de cada una de las 204 presentaciones reguladas, para un total de 612 valores.

6- A partir del 15 de marzo, empresas como Procter & Gamble empezaron a bajar los precios de algunos de sus productos de higiene y limpieza a los fijados por la Sundecop, tanto a los comercios, que redujeron sus compras para evitar pérdidas, como al público. 

7- Los gremios empresariales han advertido reiteradamente que la medida no servirá para resolver el problema inflacionario y puede generar escasez, si los precios fijados no compensan sus costos o no se ajustan con regularidad. 

8- Diversos sectores y analistas coinciden en que la regulación condena a desaparecer a los bienes Premium o diferenciados, cuyas presentaciones entren en el esquema de precios diseñado por la Sundecop, porque éste sólo toma en cuenta el tamaño de los empaques para fijar los precios. 

9- El 27 de marzo, el Vicepresidente Jaua aclaró que a partir de mayo, y no de abril, serían obligatorios los precios rotulados o troquelados en los bienes regulados y le informó a las empresas que comercializan versiones Premium que podían consignar las estructuras de costos en la Sundecop. 

10- En la Gaceta Oficial 39.894, del jueves 29 de marzo, la Sundecop publicó nuevamente la lista de precios de 19 rubros priorizados, incluyó dos nuevas presentaciones de jugos pasteurizados (de 180ml y 200 ml), subió los precios de otras tres y reconoció un cuarto eslabón para la cadena de comercialización de los jugos, por lo que incluyó un Precio Máximo de Venta de Distribuidor Mayorista (PMVDMA) y otro para el Distribuidor Minorista (PMVDMI).

11- En la Providencia Administrativa N° 59 también salieron de la regulación de la Sundecop las ocho presentaciones de protectores diarios femeninos, por lo que el número de ítems controlados se redujo de 204 a 202 y el total de precios entre todos los eslabones aumentó de 612 a 614. 

12- En la resolución del 29 de marzo, la Sundecop estableció que cuando el productor o importador venda al mayorista, deberá usar el precio previsto para el productor o importador, o por debajo del mismo. Si el fabricante o importador vende directamente al detallista, y asume la logística de distribución desde la fábrica hasta el punto de venta, podrá vender al precio fijado para el mayorista o por debajo de éste, nunca por encima. En el caso de que el productor o importador venda al detallista, y sea este último el que asuma el proceso de distribución, el precio será el fijado para el de productor o importador o por debajo de éste. 

13- A efectos de cumplir con la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, el marcaje del precio máximo de venta en los productos debe diferenciar el precio de venta al público, así como la alícuota del Impuesto al Valor Agregado, a través de la siguiente metodología: PMVP (o un precio menor) + IVA= Total a pagar. 


14- Desde el domingo 1° de abril, los consumidores acudieron masivamente a las farmacias y supermercados a comprar las versiones más sofisticadas de los diversos rubros, que antes de la entrada en vigencia de la ley tenían precios superiores a las presentaciones estándar, por lo que se prevé desabastecimiento de éstas en el mercado. Como antes de la regulación las empresas destinaban una pequeña parte de su producción a satisfacer estos nichos de consumo, se prevé que habrá desabastecimiento y, a largo plazo, una disminución de variedades en el mercado. 

15- Al entrar en vigor los nuevos precios, el Vicepresidente Jaua admitió que durante abril los productos tendrán dos tipos de marcaje: algunos precios ya están rotulados de forma indeleble en los envases, y otros tienen etiquetas provisionales. Asimismo, informó que la aplicación de la ley arrancará de forma progresiva: primero las grandes cadenas de supermercados y redes de farmacias acatarán la medida, y luego se incorporarán los comercios más pequeños. 

16- La superintendente de Costos y Precios, Karlin Granadillo, confirmó que el próximo sector a ser regulado será el de los medicamentos, y las empresas podrán notificar sus estructuras de costos a través del Sistema Automatizado de Análisis de Precios (Sisap). 

17- El Presidente, Hugo Chávez, acotó que los vehículos y la ropa de vestir también entrarán en el control de precios de la Sundecop, para “acabar con la locura de la especulación capitalista”. 

18- La Sundecop activó dos línea telefónicas para atender los requerimientos y denuncias de los consumidor por incumplimiento, en los precios establecidos para los artículos regulados: (0212) 393.88.91 y 393.88.92, de lunes a viernes desde las 8:30 de la mañana y hasta las 5:00 de la tarde. Igualmente, puede usarse la cuenta del organismo en Twitter, @Sundecop, y para hacer denuncias deben colocar el nombre del establecimiento, su ubicación y Registro Único de Información Fiscal (RIF).



19- Los consumidores también pueden formalizar sus denuncias por irregularidades en los nuevos precios regulados, a través del número telefónico 0800-RECLAMA 0800 (7325262), habilitado por el Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepbis).


20- La Ley de Costos y Precios Justos establece medidas de ocupación temporal por 90 días más multas de entre 10 y 50 salarios mínimos urbanos a “quienes vendan bienes o presten servicios por precios superiores a los que hubieren informado a la Sundecop”. 

Jean Manzano | Últimas Noticias

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