domingo, 29 de abril de 2012

Tus Hijos, los mios y los nuestros, y..... ¿cómo aseguramos su futuro?

La realidad de las familias segregadas es cada vez más común en nuestra sociedad latinoamericana, parejas que ya han estado casadas previamente, se unen en nuevas relaciones legales o consensuadas, pero en ambos casos generando importantes obligaciones morales pero también legales y financieras.

Si este es su caso, muy bien sabrá que los hijos del matrimonio o relación previa, los del presente, y hasta los de la anterior relación de la nueva pareja (si se sucede un proceso de adopción o reconocimiento), convierte a estos en dependientes de su trabajo y herederos del Patrimonio que se ha acumulado y que se acumulará a futuro.

Su preocupación es ahora como tener un trato igualitario en vida y después de la muerte a todos sus herederos, para el uso y disfrute del Patrimonio que Ud.; con tanto esfuerzo, ha tenido para acumular. A continuación algunos tips.

1.- En buena parte de los casos, estas situaciones traen desaveniencias entre los miembros de ambos grupos familiares, disputas y malos ratos. El establecimiento de reglas claras y contratos legales es un punto determinante en el buen desarrollo de esta relación, antes y después de la muerte de la persona sostén o generadora del Patrimonio en el grupo familiar.

2.- El establecimiento de un Trust o la figura de un Fideicomitente es una sana decisión en vida para organizar el desarrollo y requerimientos específicos de cada uno de los miembros de la familia estructurada. El Trust le permitirá al sostén del grupo no solo determinar la forma y montos como son repartidos los activos y bienes entre los miembros de la familia, mientras la generación de riqueza y crecimiento del patrimonio se mantenga, sino que además, manejado de manera estratégica, puede generar importantes ventajas fiscales de cara al futuro. (Ver  El TRUST como estrategia de Gestíòn de Patrimonios. )

3.- Otra herramienta para el mantenimiento equitativo de su Patrimonio entre los miembros de sus familias estructuradas es el Seguro de Vida . Este instrumento permite, al momento del fallecimiento, otorgar según su criterio, un monto que le permita a aquel miembro de su familia que así lo determine la mantener su desarrollo personal, educativo y profesional sin contratiempo, una vez que Ud., como generador de riqueza, ya no esté. (VER  El Seguro de Vida como elemento de Planificaciòn Fiscal y Hereditaria de su Patrimonio )

4.- La protección de sus activos financieros es determinante en esta ecuación, no solo desde el punto de vista de la solvencia y seguridad que le ofrezca la institución donde resguardará sus ahorros, sino desde la visión de la jurisdicción donde maneje dichos fondos y las ventajas sucesorales y fiscales que la misma le pueda ofrecer.

En Latinoamérica, prevalece entre la jurisprudencia civil, el heredero forzoso, donde la Ley predetermina a quienes y en que forma serán repartidos los bienes y activos del fallecido entre sus herederos "legítimos", pudiendo dejando al margen de dicha herencia a personas que Ud desearía dejar resguardado una vez su flujo económico no exista. Asimismo, el castigo fiscal a estas herencias son usualmente elevados y pueden mermar hasta en un 30% ese activo luego de descontados los impuestos sucesorales.

Las jurisdicciones suizas y británicas ofrecen alternativas radicalmente opuestas a esta situación gracias a que en ellas prevalece el esquema testamentario, donde Ud., como dueño de los mencionados activos, determina a quienes y en que manera serán repartidos, asimismo con un coste fiscal prácticamente cero, por lo que sus herederos recibirán de manera íntegra el valor del activo que Ud. ha dado en herencia. (Ver Su Inversión es Fiscal y Sucesoralmente sustentable?, No sabe?. Por favor lea este artículo... y Características Fiscales, Sucesorias y de Resguardo Financiero Isla de Man y Comparativo con EE.UU. y Suiza. )

Es importante destacar que el instrumento del Trust, Seguro de Vida y la Jurisdicción donde domicilie sus activos, sobretodo financieros, son instrumentos que pueden estar perfectamente ensamblados los unos con los otros, por lo que puede obtener para cualquiera de sus activos, las ventajas de cada uno, otorgándole la tranquilidad que todo su grupo familiar estará protegido y disfrutará de su Patrimonio según lo ha determinado y planificado.

Lic. Fernando Serrano G.


Artículos Relacionados




No hay comentarios: