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martes, 17 de junio de 2014

En vigencia nueva Poliza Unica de Salud Individual

Este lunes entró en vigencia según Gaceta Oficial N° 40.316 la Póliza de Salud Uniforme, que establece las tarifas que tendrán que cobrar las compañías de seguros, así lo reseñó Notitarde.
El 16 de diciembre de 2013, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeseg), publicó la providencia con los términos de los seguros de hospitalización, cirugía y maternidad y en dicha norma se dio un plazo de 6 meses a las empresas para adecuar los contratos.
Entre las condiciones reguladas están las primas. El organismo organizó tabuladores con las tarifas máximas que deberán aplicar las empresas y que toman como parámetros: “Las sumas aseguradas, las edades y los deducibles (montos que cancelan los asegurados para cubrir parte de los gastos)”.
Sudeseg destaca que las sumas aseguradas de las pólizas irán desde Bs. 20.000,00 hasta Bs. 150.000,00 y que los deducibles oscilarán entre Bs. 50,00 y Bs. 30.000,00. Se añade que para las sumas aseguradas se contemplan 27 opciones que están sujetas a la capacidad de pago de las personas.
Aspectos generales de la Póliza Única de Salud
 . El objeto del seguro es el compromiso del asegurador de asumir los riesgos indicados en el contrato de seguro, hasta la suma asegurada señalada.
 . La Suma Asegurada constituye el Límite máximo de responsabilidad del Asegurador, 
correspondiente a cada Asegurado, el cual puede ser contratado con deducible que serán 
aplicados por enfermedad o accidente y vigencia del contrato. 
. El Asegurado o el Beneficiario perderá todo derecho a ejercer acción judicial contra el 
Asegurador o convenir con este en someterse al arbitraje, si no lo hubiere hecho antes de 
transcurrir el plazo de un (1) año contado a partir de la fecha de la notificación, por escrito del rechazo, total o parcial, del siniestro. 
. Las acciones derivadas del contrato prescriben a los tres (3) años contados a partir del siniestro que dio nacimiento a la obligación. 
. El pago de la indemnización debe efectuarse en un plazo que no exceda de treinta (30) días continuos siguientes, contados a partir de la fecha en que haya recibido el último recaudo solicitado. 
.El Asegurador deberá notificar por escrito al Tomador, al Asegurado o al Beneficiario, las causas de hecho y de derecho que a su juicio justifiquen el rechazo, total o parcial, de la indemnización exigida. 
.Cubre el 100% de los gastos que se ocasionen, sujeto al costo razonable, deducible y suma asegurada contratada.
.Los gastos amparados corresponden a aquellos que sean médicamente necesarios para la atención de las alteraciones de la salud como consecuencia de eventos amparados por la póliza: tratamiento médico, intervención quirúrgica (incluyendo el tratamiento postoperatorio), servicios hospitalarios, procedimiento médico, medicamentos, suministros, equipos e instrumentos especiales. 
. Están cubiertos los gastos por concepto de: honorarios médicos, medicamentos, material médico quirúrgico y suministros, gastos hospitalarios, servicio de enfermera particular, adquisición e implantación de prótesis y aparatos o equipos de carácter permanente, alquiler de cualquier clase de equipos e instrumentos especiales, rehabilitación, ambulancia terrestre dentro del territorio nacional, gastos por servicios de analgesia postoperatoria, atención ambulatoria, tratamientos odontológicos e intervención quirúrgica de tipo reconstructiva originada por un siniestro cubierto por la Póliza. Gastos por concepto de quimioterapia, radioterapia, fluoroscopia, radiografías, isótopos radioactivos y otros similares, que guarden relación con la causa u origen del tratamiento médico o de la hospitalización, siempre que se requieran en el diagnóstico o atención de una alteración a la salud del Asegurado amparada por la Póliza. 
 Reembolsos: 
.El Asegurado o el Beneficiario deberá notificar el siniestro, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de haber recibido los productos, servicios o a su egreso de la institución hospitalaria. 
. Consignar los recaudos antes señalados, dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes de haber efectuado la notificación. 
 Carta Aval: 
.Suministrar el presupuesto detallado de los gastos mé
 dicos por los productos y los servicios a ser prestados por el proveedor, así como los resultados de los exámenes preoperatorios y el informe médico donde se señale el diagnóstico, el tratamiento médico o la intervención quirúrgica a efectuarse con siete (7) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba realizarse el 

tratamiento médico o la intervención quirúrgica. 

viernes, 19 de abril de 2013

La industria aseguradora en Latinoamérica creció un 9,6% en 2011

El monto de las primas (pagos) de seguros en América Latina creció un 9,6 % real en 2011, una tasa superior a la del año anterior, y el mayor porcentaje en relación al PIB se registró en Puerto Rico, seguido de lejos por Chile y Venezuela, aunque es Brasil el que absorbe el 43 % del mercado.


Así figura en un informe sobre "El mercado asegurador latinoamericano" difundido hoy en Santiago de Chile por la Fundación Mapfre, que indica además que el gasto medio per cápita en seguros en la región pasó de 188 euros en 2010 a 213 euros en 2011 (un alza del 13,2 %).
Eso equivaldría a 244 dólares y 277 dólares, según el tipo de cambio actual entre el euro y el dólar.
Esas cifras están lejos aún de los 2.730 euros (3.549 dólares) por habitante de Estados Unidos y los 1.349 euros (1.753 dólares) de Europa.
"La penetración de los seguros todavía están lejos de las tasas de economías más desarrolladas, lo que significa que existe aún un elevado margen de crecimiento para el sector", resaltó durante la presentación el gerente general de Mapfre en Chile, Rodrigo Campero.
De hecho, América Latina y el Caribe solo representaba en 2011 un 3,36 % del mercado asegurador mundial, que estaba dominado por Europa (36 %), Estados Unidos y Canadá (30 %) y Asia (27 %).
En 2011, cuando la economía de América Latina creció un 4,3 %, la industria aseguradora registró un alza media nominal en moneda local del 17,1 % y real del 9,6 %, tasas superiores a las registradas en 2010 (un 14,2 y un 7,5 %, respectivamente), señala el informe.
Sin embargo,la depreciación de las monedas locales frente al euro en 2011 influyó en un menor crecimiento del volumen de primas del seguro latinoamericano expresado en euros, que alcanzó unos ingresos en primas de 104.221 millones de euros (135.487 millones de dólares), un 14,1 % más que el año anterior.
En 2010, ese alza había sido del 19,3 % respecto al año previo.
En términos nominales en moneda local (sin descontar el efecto de la inflación), las tasas de crecimiento más elevadas se registraron en Argentina (34,9 %), Venezuela (25,9 %), Paraguay (24,1 %) y Guatemala (24,0 %).
Los países con un mayor gasto per cápita en seguros son Puerto Rico, con 2.117 euros o 2.752 dólares por habitante, seguido por Chile (423 euros o 550 dólares), Brasil (320 euros o 416 dólares), Venezuela (262 euros o 340 dólares), Panamá (211 euros o 274 dólares), Argentina (199 euros o 258 dólares) y Uruguay (194 euros o 252 dólares).
Mientras, en Honduras, Guatemala, Paraguay, Bolivia y Nicaragua la prima es inferior a treinta euros. Aun así, en casi todos los países aumentó la prima por habitante, por lo que el gasto medio en seguros en la región pasó de 188 euros en 2010 a 213 euros en 2011.
Por otra parte, el porcentaje de primas en relación al PIB subió levemente del 2,9 % en 2010 al 3,0 % en 2011. Puerto Rico (17,3 %) tiene por lejos el ratio más alto, seguido por Chile (4,1 %), Venezuela, Panamá y Brasil, todos ellos con un 3,4 %.
En cambio, si se mide la cuota por países, en la que la población tiene gran incidencia, Brasil absorbe el 43,1 % y por detrás se sitúan México (15,2 %), Argentina (7,8 %), Puerto Rico (7,6 %) y Venezuela (7,4 %).
De los 104.221 millones de euros en primas ingresados en 2011, el 40 % correspondió a seguros de vida (41.674 millones de euros o 54.176 millones de dólares), que tuvieron un alza del 13,9 % respecto a 2010. Brasil acumula el 59 % de las primas de seguros de vida, seguido por México (17 %) y Chile (10 %).
En tanto, los seguros no vida -referidos a automóviles, salud e incendios, entre otros- representan el 60 % de las primas totales y en 2011 crecieron un 14,2 %.
Esto se debió a "la buena situación económica que atraviesa la región, con aumentos en el nivel de empleo y en la venta de bienes y de automóviles, y también a la subida de tarifas en los principales mercados", según el documento.
Brasil es también el mayor mercado, con una cuota del 38 %. Por detrás se sitúan México (14 %), Venezuela y Puerto Rico (12 %) y Argentina (11 %).
Entre las mayores empresas aseguradoras se encuentran la brasileña Bradesco Seguros, con una cuota de mercado del 20,7 %, seguido por la española Mapfre (15,8 %), el conglomerado brasileño Itaú y Unibanco (15,0 %) y la suiza Zurich (10,1 %).
EFE

domingo, 25 de marzo de 2012

Diez cosas que debe saber sobre seguros solidarios


La normativa que regirá a las empresas y a los asegurados de las Pólizas de Seguros Solidarios entra en vigencia el próximo martes. A continuación ofrecemos un práctico resumen de esta normativa: 

> Podrán solicitar estas pólizas solidarias: jubilados, pensionados, adultos mayores, personas con discapacidad, enfermedades físicas o mentales y aquellos cuyos ingresos mensuales no superen las 25 unidades tributarias (Bs.F. 2.250).
> Son asegurables el titular y sus dependientes

> Las primas de estas pólizas se podrán pagar de forma mensual, trimestral, semestral o anual.

> Los precios anuales de estas pólizas de salud van de Bs.F. 2.889 hasta un tope máximo por edad de Bs.F.7.223
seguro solidario salud

> La póliza de maternidad anual vale Bs.F. 2.925. 
seguro de maternidad solidario

> La póliza de Accidentes Personales tiene cobertura de hasta 789,48 unidades tributarias y una prima anual de 1,52 UT.
Tabla seguro solidario accidentes personales

> La póliza de servicios funerarios alcanza hasta 263,16 unidades tributarias, con una prima anual de 0,59 UT.

> Los plazos de espera para el derecho a cobertura de la póliza son de un mínimo cuatro meses y máximo once. Salvo por accidentes o emergencias médicas, que no aplica espera alguna. 

> La norma obliga a todas las empresas aseguradoras a emitir un porcentaje de este tipo de pólizas. (Salud 60%, accidentes personales 10% funerarios 10%)

> La norma entrará en vigencia el 21 de marzo de 2012

Jesus Rivero Bertorelli.
El MUNDO ECONOMÍA & NEGOCIOS

jueves, 10 de marzo de 2011

Plan de Continuidad de Negocios. Seguro Societario

Ud es un empresario exitoso, que mantiene una relación cordial y efectiva con sus socios y quizá hasta personal e incluso familiar, pero…. ¿Qué pasaría si uno de los socios fallece….?.


¿Cuál será la situación de los herederos del socio fallecido ante la empresa?


¿Está el resto de los socios dispuestos a recibir uno o varios nuevos integrantes en la Junta Directiva?

¿Están al tanto de las operaciones y tienen la preparación adecuada esos nuevos socios para afrontar los retos del negocio?

Recuerde que en América Latina…


Entonces.....
Herederos que no tienen ningún conocimiento ni experiencia en el negocio recibirán su parte del negocio de del socio.
 
Situaciòn de los Herederos
  • Si reciben mas del 50% del negocio, tienen el poder de controlarlo pero no saben hacerlo… (Posible desastre).

  • Si reciben menos del 50% no tendrán el poder de controlarlo y puede ser que los demás socios se beneficien de su falta de conocimiento en su perjuicio … (Muy preocupante).
Situación de los Socios Sobrevivientes

  • Si los hijos de su socio heredan mas del 50% del negocio y tienen el poder de controlarlo, pero no saben hacerlo, su futuro es incierto… y Ud. quizas ya no tiene edad para empezar otro nuevo (Posible desastre).
  • Si reciben menos del 50% el negocio continuará pero Ud. ya no tiene edad de empujar solo y el negocio no da para traer mas socios … (Muy preocupante)
Ante esta realidad.....

Posibles Herederos Forzosos y Socios de la Empresa deben tener una solución beneficiosa para TODOS.

Les conviene tener prevista una salida de la sociedad que sea conveniente a los socios sobrevivientes, cónyuges y a los herederos.


Así, al recibir su herencia pueden cederlo o venderlo según lo conversado previamente (pero con limitaciones, acordarlo legalmente antes de que lo hayan recibido como herencia).

¿Por qué hacerlo?, Que opciones tiene el Heredero Forzoso?

A) La cesión o venta de la parte del negocio heredada a cambio de una suma de dinero disponible casi inmediatamente luego del fallecimiento.


o B) la necesidad de salir a ofrecer en venta, su parte de negocio que no conoce pero heredo ante pocos, o ningún interesado en comprarla.

¿QUÉ ELEGIRIA UD. SI FUERA UN HEREDERO FORZOSO DE UN NEGOCIO QUE NO CONOCE NI CONTROLA?

La disponibilidad de fondos suficientes al momento de la muerte del socio marca la gran diferencia entre CONFLICTO O SOLUCIÓN.


Entonces.....SOLUCIÓN.
Un esquema de continuidad de negocio planeado de antemano, es conveniente para los socios que sobrevivan y para la familia del fallecido (y que sea conocido por los cónyuges y herederos) y garantizan una armónica continuidad del negocio en el difícil momento del fallecimiento del cabeza de familia.

PLAN DE CONSTINUIDAD DE NEGOCIO.






En caso de fallecimiento de un socio, provee los fondos que garantizarán la continuación del negocio.



MÈTODO DE COMPRA CRUZADA.




Acuerdos para la continuidad de los negocios




Cualquier acuerdo firmado en vida que disponer la compra-venta de acciones con efecto después de fallecido el asegurado, puede en mayor o menor medida, a encontrar limitaciones legales por el tema de las herencias, pero esta sigue siendo la mejor alternativa para socios y herederos mediante la contratación de los seguros de vida.